Visiten Historia de Arcicollar, en la Web Oficial de Arcicollar, escrita por D. Pablo Gómez Salazar, un fenómeno.Sección Enlaces

lunes, 2 de mayo de 2011

Arcicollar 1750-1754 (4) Interrogatorio 1ª-2ª-3ª Preguntas.Catastro Ensenada





1. Cómo se llama la población
2. Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.
3. Qué territorio ocupa el término, cuánto de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto de circunferencia, por horas, y leguas, qué linderos o confrontaciones; y qué figura tiene, poniéndola al margen.

 

Escuchar 

Transcripción:
1ªA la primera pregunta dijeron que esta villa se nombra Arzicollar.
2ªA la segunda pregunta dijeron que esta villa es de señorio y pertenece este a la Señora Marquesa.........
Click para aumentar


Transcripción: de Santa Cruz a quien se la da por via de ¿regalo? (¿Regalía?)doscientos y setenta reales sin que tenga otros derechos algunos por razón de tal señorio.


La segunda pregunta era importante. . Y es que desde varios siglos atrás la Corona venía poniendo en venta muchas poblaciones, que dejaban de ser del rey –realengas–para pasar a ser de señorío. El precio de venta se fijaba en función de la amplitud del término, de la calidad de sus tierras, montes, pastos y leñas y según el número de vasallos pobladores. En la escritura de venta se señalaban los derechos del señor, que generalmente consistían en el poder de administrar justicia y en el de percibir determinados pechos en señal de vasallaje. A veces la compra incluía el derecho a percibir los gravámenes que correspondían al rey, como alcabalas, cientos, millones, y también la exclusiva para el nombramiento de oficios o cargos, como los de escribano o regidor.
Realengo es la calificación jurisdiccional que tienen los lugares dependientes directamente del rey, es decir, cuyo señor jurisdiccional es el mismo rey. Se utiliza como término opuesto a señorío. Es propia del Antiguo Régimen en España, pero similar a la situación del resto de Europa Occidental.
El uso del término realengo no implica que el rey sea el propietario de las tierras, que tienen sus propietarios alodiales, obligados a pagar al rey los impuestos y cargas que correspondan. Lo que sí tiene el rey es la potestad de dar en señorío (por merced o venta) ese lugar a un noble o eclesiástico.
La parte principal del realengo eran las ciudades libres, que de hecho actuaban como señores colectivos sobre sus alfoces (comunidad de villa y tierra). La mayor parte de ellas eran las diecisiete que tenían voto en Cortes, casi todas ellas de la Meseta Norte. En la Meseta Sur la presencia de las Órdenes Militares restringieron mucho la presencia de realengo, lo que hizo nombrar Villa Real (luego Ciudad Real) al principal enclave de jurisdicción directa del rey en la Mancha.
Aunque la denominación apareció originalmente en la Castilla medieval, se aplicaba a todos los reinos de la Monarquía Hispánica durante el Antiguo Régimen. El concepto deja de tener sentido a comienzos del siglo XIX con la supresión de los señoríos, desde que las Cortes de Cádiz implantan la unidad jurisdiccional.


3ª. A la tecera pregunta, dijeron que el termino de esta Villa ocupa al poco más o menos de Levante a Poniente como tres cuartos de legua y del Norte al Sur como cuarto y medio, y de circunferencia legua y media, el que confronta por Levante con la Dehesas de Buzarabajo y Peromoro propias la primera del Señor Conde de Villafranca y la otra del de Cedillo, por Norte con termino de la villa de Camarena, por Poniente con el de ¿Regnales? Jurisdicción de Toledo y por el Sur con el termino de Camarenilla y su figura es la que se muestra al margen

Clic para aumentar


El Tiempo

pronostico del tiempo Arcicóllar

Nos han visitado